Legislación › Decreto de 23 de agosto de 1934 (rectificado), aprobando el Reglamento de Policía Minera y Metalúrgica.
Artículo 46.
Artículo 46.
Para efectuar una instalación de castillete, máquina de extracción y los accesorios inherentes al equipo de un pozo, ya sea conjunta o aisladamente, será precisa la autorización de la Jefatura, previa la presentación de un proyecto detallado de las instalaciones que se quieran efectuar.


