LexTotal

Legislación › Decreto de 6 de abril de 1943 por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Pesca Fluvial de 20 de febrero de 1942.

Art. 75. Registro de concesiones y arrendamientos.

Art. 75. Registro de concesiones y arrendamientos.

La Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial llevará un registro general de todas las concesiones otorgadas, con detalle de sus características esenciales, así como otro de los arrendamientos autorizados por la misma.

En dichos registros constarán todas las vicisitudes de las concesiones y arrendamientos.

← Art 74 Índice Art 76 →