Legislación › Ley de 29 de julio de 1943 sobre ordenación de la Universidad española.
Artículo dieciséis.
Artículo dieciséis.
Se confirman por la presente Ley las Facultades existentes en las Universidades españolas.
Las enseñanzas de las Facultades universitarias se podrán dividir en Secciones, que se determinarán en los Decretos de organización de cada Facultad.


