Legislación › Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas.
Artículo 270. Horas extraordinarias y días festivos.
Artículo 270. Horas extraordinarias y días festivos.
Las operaciones de carga y descarga podrán efectuarse fuera de las horas ordinarias de servicio, incluso por la noche y en días festivos, previa autorización de la Aduana.
Se modifica por el apartado 1 de la Orden de 24 de febrero de 1967. BOE-A-1967-3920.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de marzo de 1967 En vigor | BOE-A-1967-3920 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 1948 | Texto original | Leer |


