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Legislación › Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas.

Artículo 67.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de octubre de 1948 y la del 13 de mayo de 1969. Tachado: lo que se quitó (54 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 67.
Al entregar el Capitán su Manifiesto, presentará también:
1.º Una relación nominal de los pasajeros que conduzca el buque para el mismo puerto y deban desembarcar en él, con expresión del número de bultos de equipaje que a cada uno corresponda.
Este documento se visará por el Servicio Sanitario, y no se dispensara al Capitán de presentarlo, aun cuando sea negativo; y
1.º(Suprimido)
2.º Una lista de provisiones de a bordo, con el detalle de su cantidad y de su clase.
Se considerarán provisiones de a bordo los géneros siguientes:
Aceite, aguardiente, arroz, bujías, café, carbones, carnes frescas y saladas, cerveza, chocolate, conservas alimenticias, dulces, galletas, granos, harinas, huevos, legumbres secas, licores, manteca, pan, patatas, pasta para sopa, pescados, reses y aves vivas para la alimentación, sal, sidra, tabaco, té, vino, vinagre, cerillas y fósforos de madera y demás géneros de comer, beber y arder (1).
(1) Véase el párrafo 2.º del artículo 81 de estas Ordenanzas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de mayo de 1969 En vigor BOE-A-1969-586 Leer Qué cambió
1 de octubre de 1948 Texto original Leer

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