Legislación › Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Art. 259.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1959 y la del 9 de octubre de 1986.
Tachado: lo que se quitó (64 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras).
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Art. 259.
En la solicitud de dispensa de impedimento de parentesco en línea colateral se expresará con claridad el árbol genealógico de los esposos. Todas las actuaciones y documentos previos a la
Cuando la solicitante alegare hallarse encinta, bastará como pruebaaseveración inscripción de los interesados. matrimonio se
Sisolicita dispensa del impedimento comprendido archivarán en el número 2.º del artículo 45 del Código Civil, se acompañará certificación médica sobre si la mujer está embarazada y tiempo, en su caso, legajo de gestación. la Sección correspondiente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de octubre de 1986 En vigor | BOE-A-1986-24861 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1959 | Texto original | Leer |


