Legislación › Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
DISPOSICION ESPECIAL
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1959 y la del 16 de agosto de 1971.
Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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DISPOSICION ESPECIAL
Estos funcionarios podrán exigir que les sea puesto a disposición el medio más rápido de locomoción, únicamente para la práctica de diligencias que hayan de realizar a más de dos kilómetros de la población de residencia. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de agosto de 1971 En vigor | BOE-A-1971-944 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1959 | Texto original | Leer |


