Legislación › Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Subsección primera
Subsección primera. Reglas especiales de los expedientes de nacionalidad
Téngase en cuenta que prevalecerá el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia sobre lo dispuesto en los artículos 220 a 224 del presente Reglamento de la Ley del Registro Civil, que mantendrán sin embargo su vigencia en la medida en que resulten aplicables a otros procedimientos, según establece la disposición final 2 del citado Real Decreto. BOE-A-2015-12047.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-12047 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1959 | Texto original | Leer |


