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Legislación › Orden de 24 de diciembre de 1958 por la que se dan distintas normas concernientes a la puesta en vigor de la Ley del Registro Civil de 8 de junio de 1957.

Noveno.

Noveno.

La confección de los libros del Registro Civil en España, en sus cuatro secciones, seguirá encomendada, conforme al Decreto de 19 de enero de 1951, a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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