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Legislación › Decreto 140/1960, de 4 de febrero, por el que se convalida la tasa por informes y otras actuaciones.

Artículo tercero. Sujetos.

Artículo tercero. Sujetos.

Están obligados al pago de la tasa, en la cuantía y condiciones que se determinan en este Decreto, las Entidades, Empresas o particulares citados en el artículo anterior.

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