LexTotal

Legislación › Decreto 140/1960, de 4 de febrero, por el que se convalida la tasa por informes y otras actuaciones.

Artículo cuarto. Bases y tipos de gravamen.

Artículo cuarto. Bases y tipos de gravamen.

Las bases y los tipos de gravamen son los siguientes:

Concepto

Importe

Pesetas

Euros

A1. Certificación a instancia de parte

 

17,61

Compulsa de documentos

380

2,28

Busca de asuntos archivados

230

1,38

B. Informes facultativos sin toma de datos de campo

 

64,00

C1. Informes facultativos con toma de datos de campo. Primer día

 

191,45

C2. Informes facultativos con toma de datos de campo. Cada día siguiente

 

127,39

Trabajos de campo para deslindes, inspección de obra por primer día

12.470

74,95

Trabajos de campo para deslindes, inspección de obra, cada día siguiente hasta el 15.º inclusive

8.300

49,884005

Trabajos de campo para deslindes, inspección de obra, por cada uno de los siguientes

6.230

37,443054

F. Por registro de concesiones y autorizaciones administrativas

 

86,52

Por copias de documentos mecanografiados y copias de planos

850

5,11

Al aplicar las presentes tasas no se podrán percibir dietas, gastos de locomoción ni ningún otro producido por los funcionarios que intervengan, estando asimismo incluidos en la tasa los materiales que se empleen.

Los tipos no proporcionales de carácter fijo podrán revisarse por Decreto refrendado por la Presidencia del Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministros de Hacienda y de Obras Públicas, a fin de ajustarlos a las variaciones del índice de coste de vida fijado por el Instituto Nacional de Estadística.

Se modifica por el art. 80 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2012-15651.

Se modifica por el art. 3 de la Resolución 12/2001, de 29 de noviembre. BOE-A-2001-24242.

Se modifica por el art. 3 de la Resolución 9/2001, de 31 de octubre. BOE-A-2001-22215.

Redactadas las letras e) y f) conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 74, de 26 de marzo de 1960. BOE-A-1960-4398

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2012-15651 Leer Qué cambió
9 de enero de 2002 BOE-A-2001-24242 Leer Qué cambió
18 de diciembre de 2001 BOE-A-2001-22215 Leer Qué cambió
25 de febrero de 1960 Texto original Leer

← Artículo tercero Índice Artículo quinto →