Legislación › Decreto 1028/1960, de 2 de junio, por el que se convalida y regula la exacción de las tasas denominadas «Permisos de caza y pesca en los cotos dependientes de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial».
Artículo décimo. Recursos.
Artículo décimo. Recursos.
Los actos de gestión de estas tasas, cuando determinen un derecho o otra obligación, serán recurribles en via, económico-administrativa y, en su caso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


