Legislación › Decreto 2500/1960, de 29 de diciembre, por el que se crea el Servicio Nacional de Control de la Circulación Aérea.
Artículo cuarto.
Artículo cuarto.
El Ministerio del Aire podrá alterar los límites de las Regiones de Información de Vuelo y de las Areas y Zonas de Control, de acuerdo con las necesidades nacionales y con las obligaciones contraídas dentro de la O.A.C.I.


