LexTotal

Legislación › Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.

Artículo 37.

Artículo 37.

(Derogado)

Se deroga por el art. 7 del Decreto 1687/1972, de 15 de junio. BOE-A-1972-985.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 1972 En vigor BOE-A-1972-985 Leer Qué cambió
2 de abril de 1962 Texto original Leer

← Artículo 36 Índice Artículo 38 →