Legislación › Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.
Artículo 482.
Artículo 482.
De todas las denuncias presentadas ante la Alcaldía darán conocimiento ésta y el denunciante, dentro de los dos días siguientes, al Ingeniero Jefe del Servicio Forestal correspondiente.


