Legislación › Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.
Artículo 63.
Artículo 63.
Las sentencias de los Tribunales de Justicia relacionadas con la propiedad de los montes catalogados se ejecutarán con la intervención de la Administración Forestal del Estado y audiencia de la Entidad propietaria.


