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Legislación › Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo.

Artículo 55.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 1977 y la del 1 de enero de 1999. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 55.
Dentro del seno del Consejo General se constituirá una Comisión Ejecutiva y Permanente, que estará integrada por el un Presidente, el Vicepresidente 1. º , el Secretario, el Tesorero, el Contador y el Secretario y un miembro del Consejo General; este General. Este último puesto será cubierto por turno entre los Presidentes de los Colegios que forman el Pleno, renovándose cada año.
La Comisión Ejecutiva así constituida estará facultada para la resolución de todos los asuntos de trámite y aquellos que no requieran la aprobación del Pleno, así como para el cumplimiento de los acuerdos de ésta. éste. Esta Comisión podrá actuar con tres de sus componentes y habrá de reunirse cuantas veces lo estime conveniente su Presidente y, y por lo menos, menos una vez al mes. mes, excepto en el mes de agosto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1999 En vigor BOE-A-1998-28699 Leer Qué cambió
1 de mayo de 1977 BOE-A-1977-8946 Leer Qué cambió
28 de marzo de 1963 Texto original Leer

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