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Legislación › Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo.

Disposición transitoria segunda.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de marzo de 1963 y la del 11 de agosto de 1970. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (13 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria segunda.
Los que en la fecha de publicación de este Decreto estuvieren estuviesen en posesión del titulo título de Gestor administrativo Administrativo o hubieren hubiesen aprobado los exámenes el examen de aptitud para ingreso en la profesión, conservarán los derechos adquiridos para ejercerla en incorporarse a cualquier lugar. Colegio Oficial de Gestores Administrativos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 1970 En vigor BOE-A-1970-781 Leer Qué cambió
28 de marzo de 1963 Texto original Leer

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