Legislación › Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.
Artículo 30.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de mayo de 2007 y la del 1 de noviembre de 2015.
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Artículo 30.
1. Para ser admitido a las pruebas selectivas previas al ingreso en la Administración será necesario:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad que se establezca para cada Cuerpo.
c) Estar en posesión del título exigible o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso, y demás condiciones que reglamentariamente se determinen.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de la Administración local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
2. La mujer puede participar en las pruebas selectivas para el ingreso en la Administración pública, conforme a la Ley 56/1961, de 22 de julio.
Téngase en cuenta que este artículo se deroga, con el alcance establecido en el apartado 2 de la disposición final 4, por la disposición derogatoria única.a) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. BOE-A-2015-11719. En consecuencia, se mantendrá en vigor vigor, en tanto no se oponga a lo establecido en este Estatuto, hasta que se dicten las Leyes leyes de Función Pública y las normas reglamentarias de desarrollo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11719 | Leer | Qué cambió |
| 13 de mayo de 2007 | BOE-A-2007-7788 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1965 | Texto original | Leer |


