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Legislación › Orden de 29 de enero de 1964 sobre títulos profesionales menores de las Marinas Mercante y de Pesca.

Artículo 27.

Artículo 27.

(Derogado)

Se deroga por el art. 8.3 de la Orden de 3 de marzo de 1965. BOE-A-1965-6177

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de abril de 1965 En vigor BOE-A-1965-6177 Leer Qué cambió
9 de marzo de 1964 Texto original Leer

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