Legislación › Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear.
Artículo cincuenta y tres.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 1964 y la del 28 de mayo de 2011. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo cincuenta y tres.
El hecho de que un explotador de instalación nuclear o de cualquiera otra actividad que trabaje con materiales radiactivos o dispositivos que puedan producir radiaciones ionizantes sea declarado responsable por daños nucleares, no exime de la responsabilidad civil ulterior derivada de otros motivos distintos al daño nuclear ni de que pueda declararse a un tercero responsable de los daños.
El explotador tendrá derecho de repetición siempre que así se hubiera estipulado expresamente en el correspondiente contrato.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de mayo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-9279 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 1964 | Texto original | Leer |
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