Legislación › Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear.
Artículo noventa y cuatro.
Artículo noventa y cuatro.
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», autorizándose al Gobierno para que establezca los Reglamentos precisos para su aplicación y desarrollo.
Se modifica por la disposición adicional 2.8 de la Ley 33/2007, de 7 de noviembre. BOE-A-2007-19322
Su anterior numeración era art. 96.
Se añade un párrafo segundo al apartado 2 por la disposición adicional 5 de la Ley 14/1999, de 4 de mayo. BOE-A-1999-10035
Se modifica por la disposición adicional 5 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre. BOE-A-1997-25340
Se modifica por la disposición adicional 6 de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre. BOE-A-1994-28966
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de noviembre de 2007 En vigor | BOE-A-2007-19322 | Leer | Qué cambió |
| 6 de mayo de 1999 | BOE-A-1999-10035 | Leer | Qué cambió |
| 29 de noviembre de 1997 | BOE-A-1997-25340 | Leer | Qué cambió |
| 20 de enero de 1995 | BOE-A-1994-28966 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 1964 | Texto original | Leer |


