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Legislación › Decreto 3059/1966, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de Tasas Fiscales.

Artículo 8. Hecho imponible.

Artículo 8. Hecho imponible.

El «Canon de Superficie de Minas» se exigirá por el otorga­miento de los permisos de investigación o concesiones de explo­tación de minerales e hidrocarburos líquidos o gaseosos. Este canon es compatible y distinto del Impuesto sobre la Explota­ción de las Minas.

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