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Legislación › Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General que determina la cuantía de las prestaciones económicas del Régimen General de la Seguridad Social y condiciones para el derecho a las mismas.

Artículo cuarenta y tres. Cuantía de las prestaciones.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1967 y la del 22 de marzo de 1991. Tachado: lo que se quitó (54 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo cuarenta y tres. Cuantía de las prestaciones.
La cuantía de cada una de las asignaciones del Régimen de protección a la familia establecidas en el número uno del artículo ciento sesenta y siete de la Ley de la Seguridad Social, será determinada, con carácter uniforme, para cada una de ellas, en la forma prevista en el número dos del mencionado artículo. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de marzo de 1991 En vigor BOE-A-1991-7266 Leer Qué cambió
1 de enero de 1967 Texto original Leer

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