Legislación › Ley 14/1966, de 18 de marzo, de Prensa e Imprenta.
Artículo sesenta y dos. Derecho de rectificación.
Artículo sesenta y dos. Derecho de rectificación.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo. BOE-A-1984-7248.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de marzo de 1984 En vigor | BOE-A-1984-7248 | Leer | Qué cambió |
| 8 de abril de 1966 | Texto original | Leer |


