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Legislación › Orden de 18 de enero de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de la prestación de Vejez en el Régimen General de la Seguridad Social.

Artículo 6. Beneficio de las bases inferiores.

Artículo 6. Beneficio de las bases inferiores.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.1.a) del Real Decreto 453/2022, de 14 de junio de 2022. BOE-A-2022-9850

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-9850 Leer Qué cambió
1 de enero de 1967 Texto original Leer

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