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Legislación › Orden de 13 de febrero de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones de muerte y supervivencia del Régimen General de la Seguridad Social.

Artículo 20. Abono de la pensión.

Artículo 20. Abono de la pensión.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.c) del Real Decreto 1647/1997, de 31 de octubre. BOE-A-1997-24163.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de noviembre de 1997 En vigor BOE-A-1997-24163 Leer Qué cambió
15 de marzo de 1967 Texto original Leer

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