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Legislación › Ley 15/1967, de 8 de abril, sobre compilación del Derecho civil de Aragón.

Artículo tres. Standum est chartae.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de junio de 1985 y la del 23 de abril de 1999. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo tres. Standum est chartae.
Conforme al principio «standum "standum est chartae» chartae", se estará, en juicio y fuera de él, a la voluntad de los otorgantes, expresada en pactos o disposiciones, siempre que no resulte de imposible cumplimiento o sea contraria a norma imperativa aplicable en Aragón. la Constituciónoalas normas imperativas del Derecho aragonés.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de abril de 1999 En vigor BOE-A-1999-6946 Leer Qué cambió
12 de junio de 1985 BOE-A-1985-13416 Leer Qué cambió
1 de mayo de 1967 Texto original Leer

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