Legislación › Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales.
Artículo sexto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 1968 y la del 31 de octubre de 1978.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras).
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Artículo sexto.
El personal de la Administración del Estado o de las Fuerzas Armadas que tenga conocimiento de cualquier asunto que, a su juicio, reúna las condiciones del artículo segundo, deberá hacerlo llegar a conocimiento de alguna alguno de las Autoridades comprendidas los órganos comprendidos en el artículo cuarto en la forma que reglamentariamente se determine.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de octubre de 1978 En vigor | BOE-A-1978-25567 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 1968 | Texto original | Leer |


