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Legislación › Orden de 19 de julio de 1968 por la que se dictan normas sobre clasificación de los establecimientos hoteleros.

Artículo 8.

Artículo 8.

La Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas, al conceder la autorización de apertura de un establecimiento hotelero, clasificará éste en el grupo, categoría y en su caso, modalidad que le correspondan.

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