Legislación › Decreto 1256/1969, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras.
Artículo 28.
Artículo 28.
Las Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos procurarán ordenar el cultivo, en el conjunto del término municipal, en hojas que faciliten la concentración del aprovechamiento de los pastos y rastrojeras, así como la realización de las labores agrícolas.


