Legislación › Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Artículo 40. Cuota de entrada.
Artículo 40. Cuota de entrada.
Una vez resuelta favorablemente la solicitud de admisión será preciso para formalizar el ingreso en el Colegio pagar cuota de entrada que tenga señalada en aquel momento la Junta General.


