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Legislación › Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión.

Artículo treinta y seis.

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Artículo treinta y seis.
Uno. 1. El Delegado del Gobierno será nombrado por Decreto, a propuesta del Ministro en las Sociedades Concesionarias de Obras Públicas, Autopistas Nacionales de Peaje es el órgano coordinador, ejecutivo y realizará cerca de relación de la Administración General del concesionario Estado con las citadas sociedades, correspondiéndole las siguientes funciones:
a) Coordinar las actuaciones que acuerde la Administración en relación con los contratos de concesión, pudiendo recabar al efecto de los órganos competentes cuantos informes o datos estime convenientes.
b)
Vigilar y controlar el cumplimiento por el concesionario de sus obligaciones durante la fase de explotación de la concesión y velar por la ejecución el cumplimiento del correspondiente plan financiero de la concesión en coordinación con los órganos competentes de la Administración. económicofinanciero.
b) Informar c) Recibir, tramitar y resolver, cuando proceda, los escritos que dirijan los concesionarios a la Administración e informar al órgano de contratación de las incidencias que surjan en el desarrollo del contrato, evacuar contrato.
d) Cualquiera otra que tenga atribuida en virtud de una norma legal o reglamentaria o que le reconozca el pliego de cláusulas o el correspondiente acuerdo de adjudicación de la concesión.
2. En el ejercicio de sus funciones corresponden al Delegado del Gobierno las siguientes competencias:
a) Evacuar
los informes que le sean requeridos por el órgano de contratación y expedir las certificaciones que procedan. corresponda.
c) Cumplir b) Proponer la aprobación de las funciones tarifas de peajes y sus revisiones y autorizar los sistemas de abonos y bonificaciones.
c) Proponer al órgano de contratación los acuerdos
que se expresen procedan en aplicación del régimen jurídico aplicable a los títulos negociables de los derechos de cobro del concesionario y en materia de hipoteca de las concesiones.
d) Formular las propuestas que procedan sobre
el pliego secuestro y reversión de cláusulas la concesión o sobre la resolución del contrato.
e) Acordar, previa audiencia del concesionario, la imposición de las penalidades y multas coerci tivas previstas
en la ley y en el correspondiente Decreto pliego de adjudicación. cláusulas administrativas.
Dos. Para f) Fijar las condiciones de utilización de la autopista con carácter temporal de acuerdo con lo dispuesto en el cumplimiento artículo 29 de sus funciones, la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, en la redacción dada a éste por el Delegado podrá asistir, Real Decreto Ley 11/2001, de 22 de junio.
g) Aprobar los contratos que el concesionario realice
con voz y sin voto, al Consejo terceros para la explotación de Administración las áreas de servicio, así como los que se refieran a la Sociedad concesionaria, recabar prestación de aquellos servicios necesarios para la explotación de la propia autopista.
h) Recabar
los datos necesarios, e información que considere necesarios de las sociedades concesionarias, comprobar los sus libros de cuentas y cuentas, e inspeccionar las acordar la inspección de instalaciones y servicios. servicios, pudiendo asistir, con voz y sin voto, a las reuniones de su consejo de administración.
Tres. Si el Estado tuviere participación accionaria en la Sociedad concesionaria, el 3. El Delegado de Gobierno podrá vetar los acuerdos ejercer por delegación del Consejo órgano de Administración, cuando sean lesivos al interés público, acordando la suspensión contratación cualquiera de su eficacia. El acuerdo del Delegado es recurrible en alzada las competencias de éste, con excepción de las que le corresponden en un plazo materia de quince días ante el Ministro secuestro y reversión de Obras Públicas. la concesión, así como de resolución del contrato.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de agosto de 2003 En vigor BOE-A-2003-10463 Leer Qué cambió
31 de mayo de 1972 Texto original Leer

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