Legislación › Orden de 16 de junio de 1972 por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía.
Art. 66. Efectos de la disolución.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de julio de 1972 y la del 19 de julio de 2001.
Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Art. 66. Reglamentos. Efectos de
El Colegio OficialIngenieros Técnicos en Topografía queda autorizado para elaborar Reglamentos la disolución.
En caso de régimen interior. Estos Reglamentos serán aprobados por disolución del Colegio, la Junta general, sin General extraordinaria acordará el destino que haya de darse a los mismos puedan contener preceptos, fondos y bienes que desvirtúen los de estos Estatutos. posea.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de julio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-13863 | Leer | Qué cambió |
| 16 de julio de 1972 | Texto original | Leer |


