Legislación › Decreto 2780/1973, de 19 de octubre, por el que se regulan los Colegios Mayores Universitarios.
Artículo primero.
Artículo primero.
Uno. Los Colegios Mayores son órganos que participan en la formación y convivencia educativa, se integran en la Universidad y agrupan a este fin tanto a los alumnos residentes como a aquellos otros que, sin residir en ellos, se les adscriban voluntariamente.
Dos. Los Colegios Mayores pueden ser de estudiantes universitarios o de graduados de los tres ciclos de la educación universitaria. Podrán contar con dos Secciones independientes, una masculina y otra femenina.
Se modifica el apartado 2 por el art. 1 del Real Decreto 1857/1981, de 20 de agosto. BOE-A-1981-19467.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de septiembre de 1981 En vigor | BOE-A-1981-19467 | Leer | Qué cambió |
| 30 de noviembre de 1973 | Texto original | Leer |


