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Legislación › Decreto 2780/1973, de 19 de octubre, por el que se regulan los Colegios Mayores Universitarios.

Artículo veinte.

Artículo veinte.

Uno. Para el acceso de estudiantes a los Colegios Mayores se dará preferencia a los alumnos de mejor rendimiento educativo y, en caso de igualdad, a los de menores recursos económicos. En el supuesto de beneficiarias de familias numerosas, se estará a lo dispuesto en el articulo treinta y uno del Decreto tres mil ciento cuarenta/mil novecientos setenta y uno, de veintitrés de diciembre.

Dos. Para el acceso de graduados se atenderá fundamentalmente a los criterios de vinculación a la Universidad, que, en su caso, se establezcan en el convenio, proyectos profesionales y expedientes académicos.

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