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Legislación › Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.

Artículo 127.

Artículo 127.

Antes de otorgar concesiones administrativas que tengan por objeto el saneamiento de lagunas, marismas y terrenos pantanosos, sean o no propiedad del Estado, se oirá al Instituto, por si afectaren a terrenos apropiados para las actuaciones a que se refiere este capítulo.

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