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Legislación › Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales.

Artículo 36.

Artículo 36.

1. El Decreto de declaración de «Zona de peligro» señalará los auxilios que puedan obtener los propietarios afectados a que se refiere el artículo 35 anterior, indicando la modalidad de los mismos.

2. Tales beneficios podrán consistir en créditos, subvenciones, prestaciones de material y asistencia técnica.

Se deroga por el art. 4 del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo. BOE-A-2010-5037.

Téngase en cuenta que mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-5037 Leer Qué cambió
5 de marzo de 1973 Texto original Leer

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