Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Ley 144.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1973 y la del 16 de octubre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (77 palabras). Subrayado: lo que se añadió (31 palabras).
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Ley 144. Acuerdo
Los Tercer pariente. Cuando los Parientes Mayores, una vez requeridos al efecto, habrán Mayores no llegaran a ponerse de dictar su acuerdo en el plazo más breve posible, según la naturaleza de sobre determinada cuestión, requerirán la cuestión. Cuando se trate intervención de la elección un tercer pariente, designado por ellos de heredero entre los hijos u otras personas llamadas genéricamente, no estarán obligados a elegir mientras no tome estado conformidad o llegue a la judicialmente, decidiendo por mayoría de edad la menor de entre las personas llamadas. dos soluciones que
El acuerdo deberá consignarse en escritura pública siemprese refiera a bienes inmuebles o afecte a pactos consignados asimismo en escritura pública. hubieren motivado el desacuerdo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-8512 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1973 | Texto original | Leer |


