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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 184. Incapacidad para testar.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 1987 y la del 16 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (60 palabras). Volver al texto en vigor

Ley 184.
Incapacidad para testar
Son incapaces
testar. Están incapacitados para testar:
1. Los impúberes. Las personas menores de 14 años.
2. Los Las personas que carezcan de capacidad natural de entender y querer en el momento de otorgar el testamento.
Las personas cuya capacidad haya sido judicialmente modificada podrán otorgar
testamento no se hallaren en abierto siempre que dos facultativos designados por el notario respondan de su cabal juicio. Respecto al testamento otorgado en intervalo lúcido se estará capacidad tras su reconocimiento a lo dispuesto salvo aquellos supuestos en el Código Civil. que la sentencia contemple expresamente su falta de capacidad para testar.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-22470 Leer Qué cambió
16 de octubre de 2019 BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
26 de abril de 1987 BOE-A-1987-13331 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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