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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 301.

Ley 301.

Personas excluidas. Quedan excluidas de la sucesión legal las personas que hubieren renunciado a su derecho, tanto en vida del causante como después de la muerte de éste.

Se modifica por el art. 1 de la Ley Foral 5/1987, de 1 de abril. BOE-A-1987-13331.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de abril de 1987 En vigor BOE-A-1987-13331 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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