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Legislación › Ley 1/1973 de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Ley 580.

Ley 580.

Ejercicio por los acreedores del vendedor. Los acreedores del vendedor no podrán ejercitar por subrogación el derecho a retraer, sino que habrán de proceder judicialmente para cobrar sus créditos con cargo a aquel derecho.

Se modifica por el art. 2 de la Ley Foral 21/2019, de 4 de abril. BOE-A-2019-8512

Esta modificación entra en vigor el 16 de octubre de 2019, según determina la disposición final 4 de la citada Ley Foral.

Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 129, de 30 de mayo de 1974. BOE-A-1974-847.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-8512 Leer Qué cambió
3 de abril de 1973 Texto original Leer

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