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Legislación › Decreto 644/1973, de 29 de marzo, por el que se establece la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio de whisky.

Artículo 26. Exportaciones.

Artículo 26. Exportaciones.

Los productos que se destinan a exportación deberán ir amparados por un certificado de análisis expedido por los Centros autorizados al efecto por el Ministerio de Industria y del certificado de origen, si estuvieran acogidos a una denominación, sin perjuicio de la competencia específica de otros Ministerios.

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