LexTotal

Legislación › Decreto 2864/1974, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes 116/1969, de 30 de diciembre, y 24/1972, de 21 de junio, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Art. 9.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de octubre de 1974 y la del 1 de julio de 2012. Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 9.
La justificación de haber sido inscrita la embarcación en el Registro, así como la de hallarse al corriente de sus cotizaciones, constituirán requisitos necesarios Registro constituirá requisito necesario para que las autoridades de Marina marítimas autoricen su despacho para salir a la mar.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-8745 Leer Qué cambió
11 de octubre de 1974 Texto original Leer

← Art 8 Índice Art 10 →