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Legislación › Orden de 24 de enero de 1974 por la que se dictan normas sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura instalados en aguas continentales.

Artículo 7.

Artículo 7.

De acuerdo con lo previsto en el artículo anterior, se concede un plazo de seis meses, contado a partir de la publicación de la presente Orden, para que las piscifactorías existen­tes, habida cuenta de sus características, soliciten del ICONA su clasificación preceptiva.

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