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Legislación › Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria.

Art. 143.

Art. 143.

El Gerente de la Mutualidad, para el desarrollo de las funciones administrativas encomendadas al mismo, estará asistido por el Asesor general y por un Jefe de Servicios Administrativos.

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