Legislación › Decreto 1291/1974, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España.
Art. 46.
Art. 46.
Las Cámaras sólo podrán efectuar subvenciones o donaciones si se hallan directamente relacionadas con sus propios fines sin que puedan exceder globalmente del 10 por 100 del presupuesto ordinario de ingresos líquidos por recursos permanentes de cada ejercicio, salvo autorización expresa del Ministerio de Comercio.


