Legislación › Instrumento de Adhesión de España al Convenio Europeo para la protección del patrimonio arqueológico, hecho en Londres el 6 de mayo de 1969.
Artículo 1
Artículo 1
Para los fines del presente Convenio, se consideran bienes arqueológicos los vestigios y los objetos o cualesquiera otras trazas de manifestaciones humanas que constituyan un testimonio de épocas y de civilizaciones cuya principal, o una de las principales, fuente de información científica está asegurada por excavaciones o descubrimientos.


