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Legislación › Instrumento de Adhesión de España al Convenio Europeo para la protección del patrimonio arqueológico, hecho en Londres el 6 de mayo de 1969.

Artículo 13

Artículo 13

1. El presente Convenio permanecerá en vigor ilimitadamente.

2. Cualquier Parte Contratante, en lo que le concierne, podrá denunciar el presente Convenio dirigiendo una notificación al Secretario general del Consejo de Europa.

3. La denuncia surtirá efecto seis meses después de la fecha de recepción de la notificación por el Secretario general.

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