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Legislación › Ley 10/1975, de 12 de marzo, sobre Regulación de la Moneda Metálica.

Artículo segundo.

Artículo segundo.

La unidad del sistema monetario español es la peseta. El Ministerio de Economía y Hacienda determinará las monedas que en cada momento compongan el sistema monetario metálico español y sus correspondientes valores faciales.

Se modifica por la disposición adicional 14 de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre. BOE-A-1986-33382.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 1987 En vigor BOE-A-1986-33382 Leer Qué cambió
3 de abril de 1975 Texto original Leer

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